1.- Planificar y dirigir las operaciones militares terrestres en estricto cumplimiento de las funciones asignadas por la Constitución y Leyes de la Republica Bolivariana de Venezuela.
2.- Determinar las necesidades de adiestramiento controlando el apresto operacional, el adiestramiento, la doctrina y organización de las unidades operacionales del Ejército, así como el registro, control y reentrenamiento de las reserva.
3.- Controlar y evaluar la ejecución de las órdenes y planes de empleo emanados del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana para la Unidades Operacionales del Ejército.
4- Aplicar los acuerdos internacionales con los Ejército Americanos, para el intercambio de adiestramiento, educación y doctrina con el Ejército Bolivariano.
5.- Dirigir y controlar las actividades que se ejecutan en las Salas de Operaciones de las unidades del ejército, ajustadas a los planes emanados por esta Dirección.